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Acerca del cambio de nombres o apellidos


 Todas las personas tienen derecho a usar el nombre y apellido con que fueron inscritos en la respectiva inscripción de nacimiento.
 Sin perjuicio la ley autoriza al cambio de ellos  y por una sola vez en los siguientes casos:

  1. Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente;
  2.  Cuando el solicitante haya sido conocido  durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos diferentes de los propios;
  3. En los casos de filiación no matrimonial, para agregar un apellido cuando la persona ubiese sido inscrito por uno solo  o para cambiar uno de los que se ubiese impuesto al nacido, cuando fueren iguales.

Este procedimiento se realiza ante el juez de letras en lo civil  del domicilio del solicitante, se trata de una gestión voluntaria. Y  requiere del patrocinio de abogado

Aspectos Generales del Divorcio


 Nuestra Legislación contempla  tres tipos de divorcio:

  1. El divorcio de común acuerdo: existe acuerdo entre las partes en divorciarse y se requiere de un año efectivo del cese de la convivencia;
  2. El divorcio Unilateral: uno de los cónyuges a tomado la iniciativa de demandar de divorcio al otro y se requiere del cese efectivo de la convivencia de tres años;
  3. El divorcio sanción, proceden por falta grave del otro cónyuge, que constituya una violación grave de los deberes y obligaciones que les impone el matrimonio, o de los deberes y obligaciones para con los hijos, que torne intolerable la vida en común. Se encuentra contemplado en la Ley de Divorcio en su artículo 54.

¿Qué es la llamada compensación económica y cuando procede?

Si como consecuencia de haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante el matrimonio, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el divorcio o se declare la nulidad del matrimonio, se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa.

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